CONFEBUS ha participado en la consulta pública que la Comisión Europea abrió en relación con la modificación del Reglamento (UE) 651/2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas de Estado compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE) y la ampliación del ámbito de aplicación para incluir los cambios que son necesarios, sobre todo a la luz de las nuevas prioridades de la Comisión, de las estrategias europeas digital e industrial y del “Green Deal”. Las normas sobre ayudas de Estado desempeñarán un papel crucial para lograr estos objetivos y, en particular, la transición eficiente hacia una movilidad eficiente y sostenible antes de 2050 y la reducción los gases de efecto invernadero como mínimo en un 55 % de aquí a 2030.
Con ella se pretende revisar estas normas para promover la transición ecológica y digital, estableciendo las que no sea necesario notificarlas a la Comisión para su aprobación, además de flexibilizar los criterios para su adjudicación. La norma y su modificación afecta a diversos ámbitos relacionados con el transporte tales como ayudas a la inversión destinadas a apoyar la adquisición o el arrendamiento financiero de vehículos de cero emisiones.
La Confederación considera positiva la revisión del Reglamento, de gran relevancia para el sector del transporte de viajeros por carretera. En concreto, juega un papel fundamental para la modernización de las flotas de los operadores, en un contexto en el que la pandemia ha tenido unos efectos críticos en la movilidad de las personas y, en consecuencia, en la competitividad de las empresas que operan servicios de transporte en autobús.
En primer lugar, CONFEBUS cree que la inclusión de la aclaración y definiciones de “sector del transporte” y “vehículo limpio” pueden ayudar a incrementar la seguridad jurídica, limitando al mínimo las posibles alteraciones de la competencia en lo que a procesos de contratación pública se refiere. Parece conveniente introducir condiciones específicas de compatibilidad de las ayudas en el sector del transporte, que garanticen que estas sean proporcionadas y no distorsionen indebidamente la competencia, pero a la vez permitan que sean incentivos importantes y reales para la incorporación de flotas más sostenibles en el parque de vehículos del transporte en autobús.
En segundo lugar, apoya la introducción de una nueva categoría específica de exención para las ayudas a la inversión en vehículos limpios o de emisión cero. El alto precio de este tipo de vehículos, y en particular de los autobuses eléctricos y de hidrógeno, sigue siendo la principal barrera para su adquisición y despliegue, y más en un contexto de crisis económica en el que las empresas de autobús se han visto gravemente afectadas y las perspectivas de recuperación son inciertas. Esta situación no solo pone en peligro la existencia de las empresas del sector, en su mayoría pymes, sino también los objetivos de descarbonización del transporte por carretera, dado el papel estratégico que desempeña este sector.
En efecto, CONFEBUS lleva años apoyando todas aquellas medidas que contribuyan a fomentar el cambio hacia una movilidad sin emisiones y a la consecución de los objetivos de descarbonización a través del transporte en autobús. Pero la Propuesta debe tener en cuenta que no todas las tecnologías limpias están maduras y que, en algunos casos como el de los vehículos pesados de larga distancia como el autocar, las tecnologías de cero emisiones no existen todavía. En todo caso, cabe resaltar que esta revisión llega tarde, ya que las ayudas de renovación de flotas más sostenibles han venido limitadas por las normas de ayudas de Estado y están impidiendo su captación por parte de las empresas debido al alto coste de los vehículos y los límites de ayudas vigentemente establecidos.
En tercer lugar, se apoya también el objetivo de la propuesta de “potenciar” las disposiciones en materia de ayudas a la inversión en infraestructuras de recarga y repostaje. Ello contribuirá además a cumplir con el objetivo de la descarbonización de la movilidad por carretera, impulsando los puntos de recarga por todo el territorio UE.
Por último, la Confederación señala que la actual implementación de los Planes Nacionales de Recuperación y Resiliencia, en el marco del Mecanismo Next Generation EU, coincidirá con la entrada en vigor de esta nueva Propuesta, con aprobación prevista para mediados de 2022 y, como la Comisión ha recordado en su evaluación de los Planes Nacionales, las ayudas a las empresas con cargo a los fondos Next Generation, serán consideradas ayudas de Estado no pudiendo equivaler la presentación del Plan Nacional a una notificación formal, en los términos del artículo 107 del TFUE.