

El Congreso aprueba el proyecto de Ley de Cambio Climático y Transición Energética
La norma prevé que España alcance la neutralidad de emisiones “antes de 2050”.
El pasado jueves, 8 de abril, la Comisión de Transición Ecológica y Reto Demográfico aprobó el Proyecto de Ley de cambio climático y transición energética, que ahora será remitido al Senado donde continuará su tramitación parlamentaria sin necesidad de pasar previamente por el Pleno del Congreso. Este texto incluye el Informe de la Ponencia, modificado con las enmiendas acordadas en Comisión.
En la fase previa, los grupos presentaron 758 enmiendas, de las cuales se han aprobado 3 y se han acordado 16 enmiendas transaccionales. La Comisión ha dado el visto bueno a la enmienda nº 328 y a la nº 326, en base a una enmienda transaccional, del G.P. Vasco (EAJ-PNV), y a la n 3 del G.P. Ciudadanos.
Durante el trámite en Ponencia, se ha acordado incorporar numerosas modificaciones en base a enmiendas transaccionales en la exposición de motivos y en el articulado del proyecto. Además, se han aprobado cuatro disposiciones adicionales nuevas y una disposición transitoria nueva, así como modificaciones en las disposiciones transitorias primera y segunda. Por otro lado, se han suprimido las disposiciones finales 1ª, 2ª, 4ª, y 9ª del texto por contener mandatos normativos que ya están en vigor y se han aprobado disposiciones finales nuevas.
Objetivos mínimos nacionales para los años 2030 y 2050
Los principales objetivos de esta Ley son acabar con la venta de coches contaminantes en 2040, recortar las emisiones y alcanzar la neutralidad del país en 2050.
En relación a la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, energías renovables y eficiencia energética, esta norma establece varios objetivos mínimos nacionales para el año 2030, como la reducción de las emisiones de gases de efecto invernadero en, al menos, un 23% respecto del año 1990; alcanzar una penetración de energías de origen renovable en el consumo de energía final de, como mínimo, un 42%; lograr una sistema eléctrico con, por lo menos, un 74% de generación a partir de energías de origen renovable, y mejorar la eficiencia energética disminuyendo el consumo de energía primaria en, al menos, un 39,5% con respecto a la línea de base conforme a normativa comunitaria.
De igual modo, antes de 2050 y en todo caso, en el más corto plazo posible, España deberá alcanzar la neutralidad climática y el sistema eléctrico deberá estar basado, exclusivamente, en fuentes de generación de origen renovable.
El Consejo de Ministros podrá revisar al alza los objetivos establecidos para, entre otros fines, adaptarlos a la evolución de los avances tecnológicos y del conocimiento científico y cumplir con el Acuerdo de París y la normativa de la Unión Europea.
Por otra parte, el texto recoge como instrumentos de planificación para abordar la transición energética los Planes Nacionales Integrados de Energía y Clima (PNIEC) y la Estrategia de Descarbonización a 2050. El Gobierno deberá aprobar esta estrategia, mediante real decreto, para establecer una senda de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y de incremento de las absorciones por los sumideros del conjunto de la economía española hasta 2050, necesaria para cumplir con los objetivos señalados y de conformidad con lo exigido por la normativa de la Unión Europea.
Transición energética y movilidad sin emisiones
En lo que respecta al desarrollo de la estrategia de descarbonización a 2050, el texto prevé que se adopten las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea, para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluidos los matriculados como vehículos históricos, no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones, de modo que no más tarde del año 2040 sean vehículos con emisiones de 0 g CO2/km establecidas conforme la normativa comunitaria.
Por otro lado, los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares deberán adoptar planes de movilidad urbana sostenible, no más tarde de 2023, que introduzcan medidas de mitigación para permitir la reducción de las emisiones derivadas de la movilidad.
Además, una de las enmiendas que ha salido adelante establece que las zonas de bajas emisiones también serán obligatorias a partir de 2023 en municipios de más de 20.000 habitantes en los que se superen los límites de contaminantes.