El pasado 9 de diciembre, el Pleno del Parlament Balear validó por unanimidad el Decreto Ley 13/2020, de 23 de noviembre de 2020, por el que se establecen medidas urgentes para paliar los efectos de la situación creada por la Covid-19 en el ámbito de los contratos de concesión de servicios de transporte público regular de personas por carretera de uso general.
La iniciativa fue aprobada el 23 de noviembre por el Consejo de Gobierno del Gobierno de las Islas Baleares, reunido de forma ordinaria, a propuesta del consejero de Movilidad y Vivienda, y se registró en el Parlamento de las Islas Baleares el día 25 para someterse al debate y votación sobre su convalidación o derogación por parte de la cámara autonómica.
El debate sobre el Decreto Ley se inició con la intervención del consejero de Movilidad y Vivienda, Marc Pons, quien presentó y defendió la validación por parte de la Cámara. A continuación, en el turno de fijación de posiciones a favor del Decreto, intervinieron los parlamentarios: Antoni Costa (Popular), Pablo Jiménez (Unidas Podemos), Marco Pérez-Ribas (Ciudadanos), Joan Mas (MÁS por Mallorca), Jorge Campos (VOX-Actúa Baleares), Josep Melià (El Pino-Propuesta por las Islas Baleares), Patricia Fuente (Mixto-MAS para Menorca) y Joan Ferrer (Socialista).
Resumen del contenido
Este Decreto Ley tiene por objeto establecer determinadas medidas de rango legal en materia de transporte terrestre y se estructura en tres artículos, una disposición adicional y una disposición final.
El artículo primero describe el ámbito de aplicación de la norma; el segundo incluye las fórmulas de cálculo de la compensación económica extraordinaria para cada concesión; y, finalmente, el artículo tercero regula el procedimiento para la tramitación de la compensación económica. La disposición adicional permite que el Gobierno de las Islas Baleares, aprobar el texto refundido de las disposiciones vigentes de la Ley de consejos escolares de las Islas Baleares.
Con este Decreto Ley el Govern de les Illes Balears, de forma coordinada con los consejos insulares, ha considerado necesario regular la metodología y establecer un procedimiento para que los concesionarios puedan solicitar reequilibrar económicamente sus contratos.
El decreto establece dos tramos de compensación extraordinaria:
a) Un primer tramo para el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 31 de agosto de 2020.
b) Un segundo tramo comprendido entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2020.
Para calcular la compensación que se puede recibir, el decreto determina que se deben calcular los costes fijos como equivalentes a los del mismo periodo del año 2018; para los variables se coge el módulo del mismo periodo de 2018 pero aplicando el kilometraje real de 2020. A esto se le resta lo que el concesionario haya podido ingresar de forma efectiva durante el periodo de 2020.
Las empresas concesionarias deben presentar su solicitud de reequilibrio en el plazo de un mes desde la aprobación del decreto para el periodo comprendido entre el 14 de marzo y 31 de agosto. Para el reequilibrio del segundo tramo (de las pérdidas entre del 1 de septiembre al 31 de diciembre), las empresas dispondrán de tres meses desde la entrada en vigor del decreto para formalizar la solicitud.
Las solicitudes se deben presentar ante la administración contratante; es decir, las empresas de las concesiones de Mallorca ante la Conselleria de Movilidad y Vivienda y las concesionarias de las otras islas ante el consejo insular correspondiente.