El pasado mes de julio, el Ministerio para la Transición Ecológica aprobó la Orden TEC/752/2019, de 8 de julio, por la que se regulan las bases del Programa de ayudas a proyectos singulares en materia de movilidad sostenible (Programa MOVES Proyectos Singulares). Asimismo, la semana pasada, el 23 de septiembre, se publicó el Extracto de la Resolución del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) M.P., por la que se establece la Convocatoria de ayudas a estos Proyectos singulares en materia de movilidad sostenible.
Este programa, dotado con 15 M€, está dirigido a la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas correspondientes a proyectos singulares de gestión integrada de la movilidad ubicados en ciudades Patrimonio de la Humanidad, municipios con alto índice de contaminación o proyectos ubicados en islas, y proyectos relativos a desarrollos experimentales e innovadores, llevados a cabo en el territorio nacional, relacionados con el vehículo eléctrico.
El programa MOVES Proyectos Singulares será gestionado por el IDAE y será para proyectos con una inversión mínima de 100.000 €.
Convocatoria
Resolución de 5 de septiembre de 2019 de la Secretaria de Estado de energía, por la que se publica la Resolución del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) M.P., por la que se establece la Convocatoria de ayudas a Proyectos singulares en materia de movilidad sostenible (Programa MOVES Proyectos Singulares). BDNS Identificador: 473585.
Compatibilidades
Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada y se cumplan las dos condiciones siguientes:
1) Que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.
2) Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para la misma actuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos”.
Actuaciones elegibles
Las actuaciones elegibles se encuentran en el Anexo 3 de la Orden Ministerial, siendo éstos:
• Proyectos Singulares que contemplen alguna de las siguientes actuaciones contempladas en un PMUS, Plan Director o Estratégico:
a. Promoción de la movilidad peatonal.
b. Implantación de Plan Director de la Bicicleta para Movilidad Obligada.
c. Fomento del Camino Escolar.
d. Nueva Política de aparcamiento.
e. Promoción y actuaciones en Transporte público.
f. Promoción del Uso Compartido del Coche.
g. Reordenación y Diseño Urbano.
h. Actuaciones para promover la movilidad sostenible de última milla.
i. Campañas de concienciación en movilidad sostenible, que acompañen a las actuaciones objeto de la ayuda.
• Proyectos singulares de Innovación: proyectos de desarrollo tecnológico y desarrollos experimentales (proyectos piloto, prototipos, productos o servicios nuevos o mejorados) en alguna de las áreas descritas en el Anexo III.B.
Cuantía de las ayudas
La intensidad de la ayuda para proyectos singulares en entornos urbanos será del 50% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido), salvo para aquellas entidades con actividad comercial o mercantil en cuyo caso la intensidad de la ayuda será del 40%.
La intensidad de la ayuda para los proyectos singulares innovadores, incluidos proyectos piloto y de demostración, será del 25% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas y aquellas entidades sin actividad comercial ni mercantil.
Asimismo, se ha fijado un límite máximo de ayuda por proyecto o beneficiario de 3 M€.
Carácter incentivador
Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda.
Beneficiarios
• Para los Proyectos singulares en entornos urbanos, podrán ser beneficiarios: Diputaciones, Cabildos o Consells Insulares, Comarcas, Ayuntamientos, la Administración Autonómica y el Sector Público Institucional, Consorcios o Agrupaciones público-privadas con competencia en movilidad urbana y Entidades operadoras y/o gestoras de transporte urbano y metropolitano.
• Para los Proyectos singulares de innovación podrán ser beneficiarios: la Administración Autonómica y el Sector Público Institucional, Universidades y Centros Privados de Investigación y Desarrollo sin ánimo de lucro y todo tipo de Empresa (micro, pequeña, mediana y gran empresa).
Cofinanciación con fondos FEDER
Las ayudas de esta convocatoria serán cofinanciadas con el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo de Crecimiento Sostenible 2014-2020 en aquellos casos en que las actuaciones respondan a las contempladas como financiables en dicho Programa.
Plazo de presentación de solicitudes
Las solicitudes de ayuda objeto de esta convocatoria podrán presentarse en un plazo de dos meses contados desde el siguiente a la publicación de extracto de la convocatoria en el BOE.
Plazo de ejecución
Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de concesión de la ayuda. Asimismo, el plazo máximo de justificación de la actuación será́ de tres meses, contados a partir de la fecha en que expire el plazo máximo otorgado para la ejecución de la actuación.
Calendario
• Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de ayuda podrán cursarse desde el pasado 24 de septiembre de 2019. Únicamente podrán efectuarse de manera telemática a través de la aplicación y formulario disponible en la Sede Electrónica del IDAE (www.idae.es), para lo que es necesario que el solicitante disponga de un certificado para la firma electrónica.
• Valoración de solicitudes: Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo V de la Orden TEC/752/2019, de 8 de julio.
Más información
• Para cualquier duda o aclaración, puedes dirigirte al Servicio de Información al Ciudadano en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través del correo ciudadano@idae.es, el correo postal del Instituto c/Madera, 8. 28004 Madrid, el fax 915 230 414 o el teléfono 913 146 673 en horario de 10 a 14 horas de lunes a viernes.
• Memoria descriptiva para los proyectos singulares de innovación
• Memoria descriptiva para proyectos singulares en entornos urbanos y metropolitanos