El pasado jueves en
Valencia, durante la celebración de la Asamblea General de la Asociación Empresarial de Transporte de Viajeros de Valencia (ADIVA),
asociación territorial integrada en CONFEBUS, el director general de Transporte
Terrestre del Ministerio de Fomento, Joaquín del Moral, adelantó las
principales novedades del nuevo pliego de licitación de las concesiones de su
Departamento, cuyo proceso se inicia esta misma semana:
· Se eleva el corte técnico a 24,5 puntos (antes 15). Las que no lo superen se consideraran proposiciones que tienen calidad técnica suficiente.
· Se considerarán ofertas temerarias o desproporcionadas las que se encuentren un 8% por debajo de la media aritmética de las tarifas o expediciones ofertadas, en vez de un 10% como hasta ahora.
Se
establecen sistemas de pódium para los criterios de Seguridad y Eficiencia
Energética:
Valoración
de los criterios de adjudicación:
Se modifica la fórmula de valoración de las tarifas, pero se mantiene la misma para la valoración de las expediciones:
Vehículos:
· Se derogará la Resolución de 2007 sobre las características técnicas de los vehículos.
· Subrogación de los vehículos solamente se dejarán de permanencia en el nuevo contrato, el 20% de la duración del mismo, pero quedará condicionada a que todos los vehículos sean accesibles para PMR.
Duración de los contratos (art 29 LCSP):
· La duración de las concesiones se establecerá en función del tiempo que se calcule razonable para que el concesionario recupere la inversión:
o Si el periodo de recuperación de la inversión es inferior o igual a 5 años, la duración será de 5 años.
o Si el periodo de recuperación de la inversión es superior a 5 años, la duración del contrato coincidirá con el periodo en que se recupere la inversión, sin que pueda superar el plazo de 10 años.
· Para el cálculo de la recuperación de la inversión se utilizará la fórmula contenida en el RD que desarrolla la Ley de Desindexación de la Economía Española.
Recurso especial en materia de contratación
Las concesiones de servicios cuyo valor estimado supere los 3 millones de euros son susceptibles de recurso especial en materia de contratación.
Las ofertas se presentarán exclusivamente de forma telemática.
Revisión de precios:
· Para aquellos contratos cuyo periodo de recuperación de la inversión sea superior a 5 años, las tarifas se revisarán a partir de tercer año conforme a las formulas recientemente aprobadas por Real Decreto 75/2018.
· Para aquellos contratos cuyo periodo de recuperación de la inversión sea inferior o igual a 5 años, no procede la revisión periódica predeterminada. En este caso, cabra revisión periódica no predeterminada.